
¿Qué es un canal ético o canal de denuncias?
Un canal ético o de denuncias es un canal de comunicación entre la organización y personas vinculadas a ella para trasladar cualquier
irregularidad detectada que pueda ser susceptible de riesgos legales. En ocasiones se relaciona con el término Whistleblower.
La Ley 2/2023, de 20 de febrero obliga a determinadas organizaciones a implementar un canal ético o canal de denuncias para “regular la
protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción”.

Ámbito de actuación
El ámbito objetivo de la norma comprende todas las comunicaciones que versen sobre:
- Infracciones del Derecho de la Unión Europea cuando (i) afecten a alguna de las materias señaladas en el Anexo I de la Directiva de Whistleblowing, (ii) afecten a los intereses financieros de la Unión o (iii) incidan en el mercado interior.
- Infracciones administrativas graves o muy graves.
- Hechos delictivos.

¿Quién está obligado a establecerlo?
La Ley 2/2023, de 20 de febrero obliga a determinadas organizaciones de ámbito público y privado a implementar un canal ético o de denuncias.
Para “regular la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción”.
ÁMBITO PÚBLICO |
• Administraciones estatales, autonómicas y locales, así como sus organismos o entidades dependientes. • Autoridades administrativas independientes (Banco de España, Seguridad Social, etc.). • Universidades públicas. • Corporaciones de Derecho Público. Fundaciones del sector público. • Sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por alguna de las entidades enumeradas anteriormente. • Órganos constitucionales, de relevancia constitucional o análogos autonómicos. |
ÁMBITO PRIVADO |
• Personas físicas o jurídicas que tengan contratados a 50 o más trabajadores. • Personas jurídicas que entren en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, seguridad del transporte o protección del medio ambiente. • Partidos políticos, sindicatos, así como las organizaciones empresariales y fundaciones creadas por ellos que reciban fondos públicos. |

Requisitos mínimos
Denuncia anónima
Debe permitir realizar denuncias anónimas sobre hechos delictivos y malas prácticas en el seno de la organización pública y privada.
Responsable del canal de denuncias
Habilitar a una persona, interna o externa, como responsable del canal de denuncias.
Información y actualización
Proporcionar información y actualización sobre las denuncias interpuestas.
Responder a la denuncia
Responder a la denuncia en un plazo máximo de tres meses desde la emisión del acuse de recibo.
Protección del denunciante
Garantizar de forma eficaz la protección de los denunciantes e impedir que estos puedan ser objeto de represalias.